OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE


Obligaciones del Comerciante:

1) Publicidad mercantil: Anunciar su apertura por medio de la prensa y de otros medios idóneos en todas las plazas en que operen, así como el nombre, ubicación, giro comercial, si se trata de una sociedad, el nombre, el tipo, nombre de los gerentes y el de sus administradores.

2) Inscripción en el Registro Público de Comercio: Si no se inscriben los actos no producen efectos contra terceros, funciona a la vez para conocer la situación de la persona moral o persona física otorgando una confianza al consumidor, lo que se puede inscribir en el caso de persona moral, el acta constitutiva, cuando tenga un aumento de capital, actas de asamblea, poderes generales, emisión de acciones; en caso de persona física los datos generales, datos del negocio, administradores, factores o dependientes.

3) Contabilidad: 1. Identificar las operaciones que realizamos de manera individual, 2. Huella-seguimiento (verificar que el total es porque se vendió tanto), 3. Información financiera (situación del negocio mensual), 4. Libros de Mayor (registro de los movimientos mensuales) y 5. Libro de Actas (en caso de ser una persona moral).

4) Correspondencia: Policitaciones, facturas que otorguen los proveedores, estados de cuenta, recibos fiscalmente comprobables.

2 comentarios:

  1. Opinión... En cuanto a la obligación de guardar la correspondencia, yo estoy totalmente de acuerdo con lo que menciona Arturo Díaz Bravo, y que dice, pues menciona que la correspondencia sólo será conservada en caso de que existiese un juicio, la autoridad judicial está facultada para decretar, a petición de parte o incluso oficiosamente, la presentación de cartas y la compulsa de copias; para mí la correspondencia sólo servirá para medios probatorios en un juicio, ya que aparte no se establece sanción por no conservarla. Si el Código de Comercio contempla a la correspondencia como una obligación del comerciante yo creo es más bien como una advertencia para el comerciante.

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  2. Opinión... De igual forma como concluimos en la clase de Derecho Mercantil y Contratos, creo que la obligación de la Publicidad Mercantil, no es tanto una obligación, sino que más bien es una necesidad que tiene el comerciante para darse a conocer.

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